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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005-R

    Fecha: 03-Ene-2005

    II.3.

    II.3. El mismo día a horas 17:52, se practicó la diligencia de citación al Investigador de la PTJ, Gerardo Rodríguez, (co recurrido), en la que se indica que se lo citó y emplazó con el recurso de hábeas corpus y Auto de señalamiento, mediante “cedulón dejado en domicilio señalado”, sin que conste la recepción de la persona a quien se dejó dicha diligencia (fs. 6).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • citación personal o por cédula en la oficina de la autoridad demandada
    • sólo en aquellos casos en los que de obrados se evidencia su legal citación y pese a ello, no comparece a la audiencia
    • ANULAR OBRADOS

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