SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0024/2005-R

Fecha: 10-Ene-2005

II.2.

II.2.  El 27 de enero de 2004, la Jueza recurrida emitió Auto de Vista por el que resolvió “anula obrados con reposición hasta fs. 131 inclusive debiendo procederse a una nueva notificación con el referido Auto de Vista conforme al ordenamiento legal, disponiéndose que el juez que remita el expediente al juzgado de Partido de Portachuelo para que efectúen las notificaciones en conforme a ley, sin costas por ser excusable” (sic.)  (fs.  6 a 7), ante lo cual la recurrente interpuso recurso de casación en el fondo y la forma contra dicho Auto, solicitando se condene en costas lo resuelto en el Auto recurrido de 27 de enero de 2004 (fs. 9 a 10). Por Auto de 6 de abril de 2004, la Jueza recurrida rechazó el recurso de casación interpuesto (fs. 13).