Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2005-R
Fecha: 06-Ene-2005
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 26 de noviembre de 2004 (fs. 1 y vta.), el recurrente aduce que dentro del proceso penal seguido en su contra a denuncia de Milton Lurici por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, no obstante que no fue citado personalmente en ningún momento, el Juez recurrido ordenó que se lo notifique mediante edictos para que asuma defensa en el término de diez días, bajo apercibimiento de declararlo rebelde, y arbitrariamente sin haberse dado tal declaración, dispuso se libre mandamiento de aprehensión en su contra violando el art. 89 del Código de procedimiento penal (CPP).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De las normas referidas se interpreta que para que se expida un mandamiento de aprehensión en contra de aquella persona que ha sido legalmente notificada, es condición sine qua non que la misma previamente haya sido declarada rebelde, como emergencia de una ausencia e incomparecencia injustificada
- III.2.