Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
II.3.
II.3. Por Auto de 10 de marzo de 2004, el Juez de la causa declaró probada la excepción de falta de personería de la demandante, y en cuanto a la nulidad determinó no haber lugar a la pretensión (fs. 12 y 13 vta.). El 15 de marzo, el apoderado de la demandante formuló apelación en efecto diferido contra el Auto de 10 de marzo de 2004 que fue deferido (fs. 91 y 91 vta. del expediente original anexado).