Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
II.8.
II.8. En el recurso de compulsa dirigido al Juez de Partido de Tarabuco el 29 de junio de 2004, la autoridad determinó en la misma fecha que el recurrente acredite su personería y señale en forma clara mediante qué resolución se le negó la apelación (fs. 139 a 140 vta. del expediente original anexado); el 9 de julio de 2004 admitió el recurso (fs. 147), y 12 de julio de 2004, mediante Auto de Vista rechazó la compulsa por haberse interpuesto fuera del plazo previsto por ley (fs. 25 vta. y 26).