SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005-R

Fecha: 10-Ene-2005

II.9.

II.9.  A través de la nota DGT.DI.RM. 104/2004, de 22 de julio, la Directora General del Tesoro del Ministerio de Hacienda comunicó al hoy recurrente que las firmas autorizadas para el manejo de las cuentas corrientes fiscales del Municipio de Quime permanecerán suspendidas hasta que se presenten los descargos presupuestarios y que se pronuncie la Comisión de Participación Popular, Gobiernos Locales y Descentralización (fs. 47), y por oficio DGT.DI.RM. 273/2004, de 17 de agosto, la Directora General del Tesoro del Ministerio de Hacienda hizo saber al actual actor que a las notas enviadas por la Comisión de Participación Popular, Gobiernos Locales y Descentralización del H. Senado Nacional, del Viceministerio de Presupuesto y Contaduría y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda, se solicitó al Banco UNION S. A., la habilitación de la firma autorizada de Juan Carrión Rodríguez, Alcalde Municipal para el manejo de las cuentas fiscales del Gobierno Municipal de Quime (fs. 95).