SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005-R
Fecha: 24-Ene-2005
II.7.
II.7. Por memorial de 19 de agosto de 2003, el recurrente interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 150/03 (fs. 76-82), que fue declarado improcedente por Resolución 168/2003, bajo el argumento de que el actor fue sometido a retiro obligatorio en aplicación del art. 89 inc. e) de la LOFA, que no ameritaba la remisión a los tribunales de justicia militar, sino a un proceso administrativo en observancia del capítulo IV del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas, además que el Auto final de sumario determinó la remisión de obrados al Tribunal de Personal del Ejército, conforme el art. 101 inc. 3) del CPPM. Además ordenó se eleve la Resolución en grado de apelación al Tribunal Superior de Personal de las Fuerzas Armadas (fs. 83-86), decisión notificada al actor el 13 de octubre de 2003 por memorando 1443/03 (fs. 87).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- respecto a la decisión asumida por el Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas, el actor no interpuso el recurso de aclaración, explicación y enmienda
- III.3.