Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2005-R
Fecha: 24-Ene-2005
III.2.
III.2. Con relación al trámite seguido en contra del actor, se evidencia que tramitado un sumario informativo, por Resolución 16/03 de 30 de julio, el recurrido Comandante de la Octava División del Ejército dispuso la remisión de los antecedentes al Comandante General del Ejército, que derivó en la Resolución 150/2003 de 11 de agosto de 2003, por la cual el Tribunal de Personal del Ejército, dispuso el retiro obligatorio del recurrente por faltas graves; contra esta resolución el actor interpuso recurso de reconsideración que fue declarado improcedente por Resolución 168/2003 y que determinó la remisión de actuados en apelación ante la instancia superior.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- respecto a la decisión asumida por el Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas, el actor no interpuso el recurso de aclaración, explicación y enmienda
- III.3.