Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2005-R
Fecha: 26-Ene-2005
II.3.
II.3. Radicado el recurso en la Sala a cargo de los recurridos, estas autoridades por Auto de 28 de febrero de 2004, revocaron el Auto apelado y declararon probada la excepción de arbitraje, ordenado la inhibitoria del Juez del conocimiento de la causa y que los interesados acudan al tribunal arbitral que conformen, sustentando su decisión en la cláusula décima del acuerdo transaccional suscrito entre Dyna Haul Corp., Dynex International Ltda. y Mudanzas y Transportes Liftvans Bolivia S.A., en la que se acordó someter las controversias a un tribunal arbitral, así como también en las normas previstas por los arts. 3, 12 de la LAC y 319 inc. 6) del CPC (fs.75 y vta.)