SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0066/2005-R

Fecha: 26-Ene-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, imponiendo multa de Bs200.- con el fundamento de que la parte recurrente básicamente alega falta de competencia de las autoridades recurridas y esta actuación se halla sancionada con la nulidad prevista en el art. 31 de la CPE y 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), pues según las normas previstas por el art. 213 del CPC concordantes con las previstas por el art. 325 del CPC, no le está permitido a la parte afectada hacer uso del recurso de apelación, lo cual, debió limitar la actuación del Juez, pero éste concedió el recurso de apelación y la Sala sin jurisdicción y competencia resolvió el recurso mediante Auto de 28 de febrero de 2004.