SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2005-R
Fecha: 26-Ene-2005
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró procedente en parte el recurso, contra el Alcalde Municipal de Sacaba, e improcedente en cuanto a los miembros del Concejo Municipal, disponiéndose que la autoridad municipal ejecutiva dicte resolución aceptando o rechazado la solicitud de la recurrente en un debido proceso, con el fundamento de que existieron vicios de nulidad que vulneraron el debido proceso y el derecho de petición, pues la resolución a la solicitud le correspondía al Alcalde; empero, se hizo aparecer la Resolución 28/2004 de 21 de junio, con la que se notificó dos veces a la recurrente, sin haberla dado a conocer al Concejo Municipal que la solicitó para conocer lo antecedentes del caso.