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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0090/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0090/2005-R

    Fecha: 31-Ene-2005

    APRUEBA

    El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120.7ª de la CPE, 7 inc. 8) y 93 de la LTC, con los fundamentos expuestos APRUEBA la Resolución 780/2004, cursante de fs. 67 a 68, pronunciada el 8 de diciembre, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • procedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • “por cedulón dejado por debajo la puerta en presencia de testigo de actuación” (sic.),
    • II.3.
    • ordenó se libre mandamiento de aprehensión
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la citación practicada mediante cedulón pasado por debajo de la puerta en el domicilio procesal del imputado Juan Carlos Aguilera Sossa, no es la forma de notificación legal
    • III.3.
    • APRUEBA

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