AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2005-RCA

Fecha: 31-Oct-2005

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente alega que dentro del proceso de calificación de daño civil que se sigue en su contra, se dictó Sentencia calificando el monto del daño que debe cancelar en Bs.25.000.-, suma que no condice con la realidad, motivo por el cual presentó apelación; empero, las autoridades recurridas declararon inadmisible el referido recurso; posteriormente, solicitó complementación y enmienda a la que tampoco dieron curso, sin tomar en cuenta los arts. 158 y 162 del CC, vulnerando de esta manera sus derechos y garantías a la igualdad, a la seguridad jurídica y al debido proceso. En consecuencia corresponde dilucidar en revisión, si el rechazó de la Corte de amparo, fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas en los arts. 97 y 98 de la LTC.