Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2005-RCA
Fecha: 31-Oct-2005
rechazó
Por Auto de 5 de mayo de 2005, cursante a fs. 50, la Corte de amparo rechazó el recurso, con el argumento de que, no se identificó cuáles son los actos cometidos por los vocales ahora recurridos, que a juicio del recurrente, lesionaron sus derechos y garantías constitucionales y no se hizo una relación de la supuesta violación realizada al derecho a la seguridad jurídica ni se señaló con precisión el amparo solicitado, para preservar o restablecer el derecho o la garantía constitucional, supuestamente vulnerado.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- a)
- rechazó
- Fragmento 6
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- 1)
- III.1.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- rechazar in limine
- APROBAR