SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1274/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1274/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

I.2.3. Intervención del tercero interesado

El tercero interesado, Hugo Mitchel Cossio Vargas, presentó memorial (fs. 159 a 160), manifestando lo siguiente: la recurrente pretende hacer creer que la empresa demanda fue NICOPLATA S.R.L., situación plenamente desvirtuada por la Sentencia del proceso y los Autos 170/2003, de 8 de julio y 489/2004, de 3 de noviembre, los cuales dejaron establecido que sean las empresas NICOPLATA S.R.L. o IMPORTADORA NICOPLATA DEL ORIENTE S.R.L. tienen como responsable gerencial a la recurrente  y los supuestos cambios de socios e incorporación de una o más palabras a la razón social de la empresa, no desvirtúan el que la empresa es la misma y que ambas en su debido momento han existido, siendo la gerente general de las mismas la recurrente, quedando además demostrado que quien  lo despidió fue la referida gerente cuando la empresa respondía al nombre de IMPORTADORA NICOPLATA DEL ORIENTE S.R.L. y de la cual era y sigue siendo la actora gerente general.