SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

1)

José Hernán Carrasco Menacho a través de sus apoderados informa: 1) la entrega de bienes cuya provisión fue contratada no se cumplió en los plazos establecidos en el contrato; 2) en base a informes elaborados por Asesoría Legal de COSAALT Ltda., tanto la Gerencia Administrativa y Financiera como la Gerencia General, cumpliendo instrucciones del Consejo de Administración, y mediante instructivo 031/05 emitido por el Gerente de COSAALT Ltda. dirigido al Asesor Legal, dispuso que “proceda a efectuar las diligencias de resolución del contrato”, habiéndose ejecutado y cobrado la boleta de garantía, de acuerdo con la cláusula sexta del contrato, relativa al incumplimiento de éste; 3) el 31 de enero de 2005, mediante nota Cite Asesoría Legal 19/05 se le comunicó al recurrente que por incumplimiento de contrato, se determinó “efectuar las diligencias legales que correspondan a la resolución del contrato”; 4) el Auxiliar de Almacenes de COSAALT Ltda. en nota dirigida al Encargado de Almacenes de COSAALT Ltda. señala que recibió 1.762 piezas de cajas de medidores, en forma provisional, las mismas que fueron entregadas por el transportista Justino Pérez el 25 de enero de 2005; 5) COSAALT Ltda., no resolvió ni rescindió el contrato, solo se dieron las medidas necesarias, aunque de acuerdo al art. 571.I del Código civil (CC), “si en el término concedido a una de las partes es considerado esencial en interés de la otra y vence sin que el deudor haya cumplido si prestación, se tendrá el contrato por resuelto extrajudicialmente de pleno derecho aunque no se hubiera pactado la resolución”.