SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

III.4.

III.4. En el caso que se examina, es de aplicación la jurisprudencia glosada en los Fundamentos Jurídicos precedentes por cuanto el recurrente, en representación de COSAALT Ltda., pretende mediante esta vía que se disponga el pago de una suma convenida en un contrato, omitiendo considerar el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional, y que mediante éste no puede exigirse el cumplimiento de contratos civiles, administrativos o comerciales, pues a la jurisdicción constitucional sólo le incumbe otorgar tutela cuando se hayan vulnerado derechos y garantías fundamentales de la persona y siempre que no haya otro medio legal para hacerlo, situaciones que no se dan en el presente caso por cuanto las partes están a sometidas a lo estipulado en el contrato por ellas mismas.