Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.4.
II.4. El 1 de febrero de 2005, el Asesor Legal de COSAALT Ltda., mediante nota dirigida al recurrente, le comunica que la Gerencia General de la Cooperativa “determinó efectuar las diligencias legales correspondientes de la resolución del contrato” debido al incumplimiento contractual (fs. 72 a 73).