SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por orden del Juez Segundo del Trabajo de la ciudad de La Paz -según le manifestaron-, fue detenido por efectivos civiles en su domicilio en la ciudad de Santa Cruz, dentro del proceso caratulado como Fondo del Magisterio/Gonzáles, que data de 1993, violando todo principio de derecho, de garantía constitucional y de derechos humanos, pues para procederse a la detención de una persona debe verificarse primero el cumplimiento de dos requisitos: el peligro de fuga y de obstaculización, lo que no se ha evidenciado en su caso, ya que no podía obstaculizar ni fugarse debido a que no tuvo conocimiento del proceso, no fue notificado y jamás asumió defensa lo que implica violación de toda garantía mínima de un debido proceso.

Manifiesta además, que se encuentra detenido en el penal de San Pedro de La Paz pese a contar con 62 años de edad, y su condición física, anímica y psicológica han tenido que soportar este atropello contra su derecho a la libertad y a la locomoción, puesto que no es un delincuente ni pretende incumplir con la ley y si el “SENAPI” tenía algo en su contra por un principio elemental debió hacer conocer esos extremos de manera adecuada y no proceder a detenerlo directamente, situación que se agrava debido al paro de actividades judiciales ya que ni su abogado patrocinante ni una tercera persona pueden conocer los extremos señalados en el expediente.