Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 27 de marzo de 1995, el Gerente General del FOCOSSMAF solicitó desarchivo del expediente de referencia y pidió se prosiga con su tramitación (fs. 7 de la documentación complementaria), emitiéndose orden instruida con los actuados del proceso para ser notificados al recurrente (fs. 8 a 12 de la documentación complementaria), habiendo representado el Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Trabajo de Santa Cruz, que no había efectuado la citación, pues le informaron que el recurrente ya no residía en esa ciudad (fs. 12 vta. de la documentación complementaria).