Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1313/2005-R
Fecha: 21-Oct-2005
II.5.
II.5. El 10 de septiembre de 2005, a horas 9:30 según el cargo de recepción del Juzgado, el Fiscal recurrido presentó imputación formal contra los recurrentes, imputando a Frank Vélez Aguilera como presunto autor del delito previsto y sancionado por el art. 308 BIS del CP y a Juan Carlos Hurtado Jiménez y Julio Vega Calderón como posibles cómplices, solicitando para el primero de los nombrados la medida cautelar la detención preventiva y para los últimos las medidas sustitutivas previstas en el art. 240.2 y 6 (fs. 25 a 27).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no serán susceptibles de convalidación
- convalidar
- III.2.
- eficaces y oportunos
- III.3.
- podrán denunciar tal omisión ante
- procedente parcialmente