Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2005-R
Fecha: 21-Oct-2005
III.2.
III.2. Previamente a ingresar al análisis de fondo de la presente problemática, es necesario precisar los alcances y definición de lo que debe entenderse por mayoría, en el caso concreto hace alusión al número más crecido de votos conformes en una votación o elección. En lo numérico y electoral, contra la esparcida fórmula de que la mayoría es la “mitad más uno”, conviene aclarar que eso es verdad en los números pares; por ejemplo de 10, la mayoría son 6, donde se cumple lo antes recalcado. Sin embargo, en los impares, la mayoría es “la mitad más medio”; como resulta fácil advertir si se trata de 9, en que 5 son mayoría.