SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

a)

La autoridad demandada a través de su apoderada en el informe cursante de fs. 117 a 119 vta. en audiencia sostuvo lo siguiente: a) el dictamen de responsabilidad civil  CGR/DRC-042/2004 constituye “una opinión técnica jurídica con fundamentación legal (..) que no tiene un carácter vinculante” (sic) y se expidió en virtud a los informes de auditoria ES/EP14/N03 R1 y ES/EP14/N03 C1 complementarios, que se pronunciaron por la Contraloría General de la República en ejercicio del control externo posterior que le faculta la Ley de Administración y Control Gubernamentales, pues, se efectuó auditoria especial sobre pago de vacaciones a personal declarado en Comisión Sindical por el periodo de 1 de enero de 2001 a 31 de octubre de 2003 en el instituto maternológico “Dr. Percy Boland Rodríguez”; b) en dicho dictamen se estableció responsabilidad civil solidaria contra los recurrentes en aplicación del art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo; c) al ser una prueba preconstituída el dictamen, será el juez coactivo fiscal el que determine en segunda instancia si efectivamente existe la responsabilidad civil mencionada. Solicitó se declare improcedente el recurso.