SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 5 de enero de 2005 (fs. 52 a 54 vta.), los recurrentes arguyen que en virtud del convenio suscrito entre el gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) el 6 de mayo de 1994, se establece que se deben pagar las vacaciones que les corresponde durante el tiempo en que fueron declarados en comisión en representación de la Central Obrera Departamental (COD), conforme a la Resolución 589/01.
Expresan que sin embargo, se les notificó con el informe de auditoria ES/EP14/N03-C1 complementario al informe de auditoria ES/EP14/N03-R1, que atribuyéndoles responsabilidad administrativa, señaló que el pago de sus vacaciones habría sido ilegal, por lo que solicitaron a la autoridad recurrida revise el dictamen de responsabilidad civil CGR/DRC-042/2004, que emitió en ese sentido; y puesto que no quiso hacerlo, acuden al presente amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- Evaluar los informes de auditoria elaborados por las unidades de auditoria interna de las entidades sujetas al control gubernamental...
- III.2.
- Fragmento 17
- REVOCA