SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1350/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
procedente
Mediante Resolución cursante a fs. 122 vta. a 123, pronunciada el 9 de febrero de 2005, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso ordenando a la autoridad demandada, admita la petición de revisión del Dictamen CGR/DRC-042/2004 y otras resoluciones dictadas por la entidad estatal que preside, por lo que se deja en suspenso la sanción tomada contra los recurrentes, sin responsabilidad civil ni penal, con el fundamento de que la autoridad recurrida negó indebidamente la petición de los actores en sentido de que revise el Dictamen CGR/DRC-042/2004, sobre responsabilidad civil por concepto de pago de vacaciones a dirigentes sindicales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- Evaluar los informes de auditoria elaborados por las unidades de auditoria interna de las entidades sujetas al control gubernamental...
- III.2.
- Fragmento 17
- REVOCA