SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1360/2005-R
Fecha: 28-Oct-2005
I.2.3. Intervención de terceros interesados
El representante de los terceros interesados, señala que se adquirieron los terrenos en una extensión de 4 hectáreas en 1995, habiendo poseído desde esa fecha sin problema alguno la mencionada propiedad. Por los acontecimientos ocurridos en febrero de 2003, tuvieron que replegarse, abandonando los terrenos para que después de seis meses intentaran retornar a los mismos, habiéndolos encontrado ocupados y explotando las mejoras que ellos dejaron como ser el pozo de agua y algunas construcciones, es por ello, que se vieron en la necesidad de iniciar el interdicto de recobrar la posesión y, lo hicieron por ante el Juzgado Agrario, ya que los mencionados terrenos son rurales, siendo falsos los planos de urbanización que les fueron entregados a tiempo de realizar la compra.