Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado de Jacob Hermanus Wever Bin Kudur en su condición de tercero interesado, ratifica la prueba presentada por la autoridad recurrida, indiciando que la parte recurrente tuvo los términos legales para asumir defensa, habiendo apelado de la Sentencia; encontrándose a la fecha el proceso laboral con sentencia firme y, el recurso de amparo no es supletorio de otros recursos, consecuentemente, no se puede interrumpir la ejecución de ninguna sentencia, por lo que solicitó se declare improcedente el presente recurso.