SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente afirma que se vulneraron los derechos a la libertad física y de locomoción de su representado al señalar que por Resolución de 27 de enero de 2005 se dispuso su detención preventiva, pero que salió en libertad en virtud a otra Resolución que declaró procedente un recurso de hábeas corpus que planteó, la que sin embargo fue revocada por el Tribunal Constitucional, por subsidiariedad, ya que anteriormente interpuso recurso de apelación incidental del Auto de detención preventiva, que fue desistido ante el tribunal de apelación, motivo por el cual a solicitud de la querellante, la Jueza libró mandamiento de detención preventiva, de lo cual interpuso recurso de reposición, corrección y revocatoria, solicitando nueva audiencia cautelar para revisar su situación jurídica, que le fue negada con el argumento de que previamente debe ser recluido. Indica por otro lado que para disponer su detención preventiva, la recurrida se basó en una iguala profesional, en un estudio grafológico y en la declaración de un único testigo que indicó que su representado le exigió realizar un segundo avaluó de los avances de obras cuyos montos presuntamente infló, basándose también en que no demostró su voluntad para reparar el daño, cuando el precepto fue modificado por la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, sin que tampoco se haya considerado que tiene domicilio, familia y trabajo conocidos. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.