SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la Resolución que ordena la detención preventiva del recurrente emitida el 27 de enero de 2005 se encuentra vigente en vista de que el fallo del recurso de hábeas corpus fue revocado y el recurrente desistió de la apelación formulada; 2) el imputado no hizo uso del recurso de apelación en contra de la resolución que ordenó su detención preventiva, planteando directamente el hábeas corpus.
Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Juez de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.