SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1377/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1377/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

II.5.

II.5. El recurrente interpuso apelación (fs. 144 y 145) que fue resuelta por Auto de Vista de 14 de octubre de 2004 (fs. 157 y vta.), que confirmó la determinación apelada, en el entendido que “cuando ha habido una alzada y no se la ha tramitado, es decir, que se ha hecho abandono del recurso, es preciso el pronunciamiento de una resolución que expresamente así lo establezca y que declare la ejecutoria de la resolución apelada”, de manera que en este caso, el Auto de 30 de septiembre que declaró la ejecutoria es el inicio del cómputo de los 6 meses, hasta el 25 de marzo de 2004  en que se  presentó la demanda ordinaria.