SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1380/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1380/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

a)

a) De acuerdo a lo dispuesto por los arts. 310 inc. 2) del Ccom, 10 incs. 2) y 3) de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (LBEF) y 10 inc. i) del Reglamento Electoral de la Cooperativa, el recurrente fue excluido como socio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Quillacollo” Ltda. por incapacidad total y permanente para cumplir sus obligaciones económicas, habiendo causado daño económico a dicha cooperativa, teniendo en consecuencia un proceso judicial pendiente, lo que implica que los recurridos al inhabilitarlo para el Consejo de Administración cumplieron con su obligación.