SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1380/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 24 de marzo de 2005, cursante de fs. 11 a 12 vta. el recurrente asevera que por publicación de 20 de febrero de 2005, la Comisión Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Inca Huasi” Ltda. convocó para la postulación de consejeros del Consejo de Administración, a cuyo efecto presentó su postulación cumpliendo con todos los requisitos. Sin embargo, por publicación de 20 de marzo de 2005 se hizo conocer la nómina de los postulantes habilitados, sin constar su nombre, siendo en consecuencia excluido de manera tácita; por tal motivo, acudió ante el recurrido Presidente de la Comisión Electoral para que le explicara las razones de su exclusión, autoridad que le certificó que la medida fue adoptada en cumplimiento de los arts. 10 inc. 1) del Reglamento Electoral y 310 inc. 2) del Código de comercio (Ccom); normas que no son aplicables a su caso, pues con relación a la primera disposición acreditó a través del respectivo certificado no tener ningún antecedente en la justicia ordinaria, y respecto a la segunda norma, no tener conflictos de intereses con la Cooperativa, ni asuntos litigiosos a título personal y menos deudas en mora; lo que implica que la exclusión como candidato a consejero constituye un hecho ilegal y una omisión indebida al basarse en una inadecuada interpretación de las citadas normas, al no haber incurrido en las causales de prohibición previstas por ellas.
Agrega que su exclusión fue consecuencia de un evidente comportamiento segregacionista, con manipulación de los datos de selección, ya que en la reunión de 23 de marzo de 2005, en la que participaron los postulantes habilitados e inhabilitados y las autoridades recurridas, también intervino el asesor legal de la Cooperativa por instrucciones de la Gerencia, lo que compromete la independencia e imparcialidad que debe caracterizar los actos de la Comisión Electoral, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- son de estricto cumplimiento por parte de la Comisión Electoral y los Candidatos.
- III.3.
- Fragmento 14