AUTO CONSTITUCIONAL 560/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 560/2005-CA

Fecha: 07-Nov-2005

I.1.

I.1.    Mediante memorial presentado el 11 de octubre de 2005 (fs. 8 a 18 y vta. ), los recurrentes manifestaron que la Superintendencia de Aguas del Sistema de Regulación Sectorial ahora Superintendencia de Servicios Básicos, luego de un proceso de licitación cuestionable, mediante las resoluciones impugnadas adjudicaron a favor de la empresa Aguas del Illimani S.A., la concesión y suscripción de contrato de agua potable y alcantarillado de las ciudades de La Paz, El Alto y sus zonas contiguas, quien ofertó 71.752 conexiones de agua potable en el área de El Alto hasta diciembre de 2001, Resoluciones que al no haber sido aprobadas mediante Ley de la República, tal cual exige el art. 59 inc. 5) de la Constitución Política del Estado (CPE) -al tratarse de la concesión del recurso natural que es el agua, conforme mandan los arts. 136, 137 y 170 de la CPE-, han sido emitidas sin competencia.