SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2005

Fecha: 11-Nov-2005

II.5.

II.5.  A través de oficios de 8 de junio de 2005, los recurrentes impugnaron los memorandos de destitución, solicitando se fundamenten los mismos y se les reincorpore a sus cargos (fs. 8 a 9 y 27 a 28). En respuesta, la autoridad recurrida por oficios SEDES DIR 505/05 y 503/05 de 17 de junio de 2005 señaló que su determinación se sustenta en el art. 9 inc. k) del DS 25233, tomando en cuenta que los actores ingresaron a la institución en forma “irregular”, por lo que no tienen derecho -dice- a ser protegidos por el Estatuto del Colegio Médico y conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (fs. 10 y 29), habiendo los recurrentes reiterado sus representaciones mediante oficios de 22 y 21 de junio de 2005 (fs. 11 y 30).