SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2005-R

Fecha: 07-Nov-2005

procedente

La Resolución 50/2005, cursante de fs. 150 a 151 vta., pronunciada el 8 de septiembre por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso y exhorta a la autoridad recurrida, Presidente del Congreso Nacional, para que sancione la Ley Reglamentaria prevista en el art. 97 del CE, “con carácter de urgencia y dispensación de trámite para hacer viable el derecho al voto de los ciudadanos y ciudadanas bolivianos residentes en el extranjero”, con estos fundamentos: 1) el Congreso Nacional ha incurrido en una omisión indebida al no haber  dictado la ley que regule el  ejercicio del derecho al voto de  los bolivianos residentes en el extranjero conforme manda el art. 97 del CE, vulnerando así el derecho de los recurrentes a concurrir como electores o elegibles a la formación de los Poderes Públicos; 2) corresponde también materializar el principio de igualdad puesto que no puede haber discriminación contra los bolivianos residentes en el exterior en cuanto al régimen electoral, que debe ser el mismo para todos los bolivianos, correspondiendo al Estado promover las condiciones para que la igualdad sea efectiva y real; 3) “la obligatoriedad del derecho a votar representa un derecho fundamental y es un deber que debe cumplir todo ciudadano que radique en el país o fuera de él “ (sic).