Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2005-R
Fecha: 07-Nov-2005
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V LTC, con los fundamentos expuestos REVOCA la Resolución 50/2005, cursante a fs. 150 a 151 vta., pronunciada el 8 de septiembre por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia DENIEGA el amparo solicitado, sin costas ni multa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- b)
- c)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- “
- 1)
- III.2.
- el primero
- III.3.
- REVOCA