SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1422/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

i)

El Juez Décimo de Partido en lo civil y Comercial, en el informe que sale de fs. 181 vta., señala que: i)  no se cumple con el principio de inmediatez del amparo,  ya que  la Sentencia del proceso ejecutivo ha sido emitida el 25 de febrero de 2003, y contra ese fallo el recurrente no planteó el recurso de apelación a que tenía derecho, de modo que hasta el momento de la presentación del amparo, han transcurrido más de  los seis meses de plazo; ii) el actor ha  promovido un incidente de nulidad de obrados, que ha sido admitido y se encuentra en estado  de notificar a la parte ejecutante. Pide se declare la improcedencia del amparo.