Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2005-R
Fecha: 14-Nov-2005
II.3.
II.3. El 4 de octubre de 2004, el ejecutante solicitó la nulidad de la adjudicación, (fs. 29 y vta.), mereciendo el Auto de Vista 236/2004, de 13 de diciembre, emitido por la Sala Civil Comercial y Familiar, que anuló obrados hasta el Auto de 21 de septiembre de 2004, a través del cual se adjudicó los bienes, señalando que se debe practicar liquidación, en sujeción a lo normado por el art. 531 del CPC (fs. 31 a 32).