Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2005-R
Fecha: 14-Nov-2005
i)
Fidel Salazar Bustamante, Alcalde Municipal de Tiraque informó que: i) ha sido elegido en forma democrática y que no puede permitirse se hagan ofensas como las realizadas en su contra por las recurrentes; ii) existe un proceso judicial sobre los terrenos para definir quién tiene mejor derecho; iii) de acuerdo al art. 4 de la Ley de Municipalidades (LM), al Alcaldía procedió a una inspección y se ha encontrado una construcción que no respeta límites de manera que el órgano municipal tiene la facultad de ordenar la paralización de obras al haberse invadido propiedad privada ajena, y “en ningún momento se ha tocado la propiedad de las señoras Montaño - Murguía”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- siempre que no sean contrarias a esta Constitución y las leyes
- anhelos de una vida en paz, libre de abusos
- 1º APRUEBA EN PARTE