SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2005-R

Fecha: 14-Nov-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 12 de abril de 2005 (fs. 84 a 86), las recurrentes aseveran que Constantino Murguía Terceros, en vida, transfirió aproximadamente 18.125 m2 a favor suyo mediante escritura pública 474, de 18 de abril de 1995, venta registrada en Derechos Reales debidamente en 2 de mayo de 1996. Con dicho derecho, comenzaron a efectuar mejoras y para conocer los límites de su propiedad solicitaron al personal de la Alcaldía de Tiraque aprueben el plano de ubicación, que demuestra que el inmueble está dentro del radio urbano de esa provincia. Sin embargo, gente inescrupulosa y acostumbrada a poseer propiedades a través del avasallamiento, la amenaza y con documentos fraguados, cuando intentaron delimitar sus terrenos con alambres de púas y bolillos de eucalipto, tales vecinos destruyeron todo, y las autoridades hicieron oídos sordos a sus reclamos.

Relatan que “hacen pocos días”, con autorización del Municipio de Tiraque, contrataron los servicios de albañiles para que levanten muros en el contorno de su propiedad, para evitar mayores hechos delictivos de los mal entretenidos; empero, el Alcalde Municipal y otros les remitieron una carta sin respaldo legal alguno, en la que  les ordenaron la paralización de las obras advirtiéndoles que en caso de resistencia utilizaría la fuerza pública. El  mencionado Alcalde, “en la fecha”,  ha comenzado la depredación de sus terrenos al mandar abrir una calle, al margen que con otros dirigentes agrarios ha acordado, mediante voto resolutivo, otorgarles el plazo de cuarenta y ocho horas para que desocupen Tiraque  o, caso contrario, las matarían.

El 23 de marzo de 2005 cuando Ruth Maldonado de Portugal se encontraba sentada en su propiedad, violentamente aparecieron Ciro, Ivar y  Edmundo Postigo Sandoval, este último portando un revólver en la mano realizaba disparos asustando a los albañiles, golpeando ha Augusta Murguía Encinas, tal como se evidencia por los certificados medico forenses que adjuntan, posteriormente fueron amenazadas de que si construirían algún muro las matarían. Tales actos se repitieron el 26 de marzo, cuando Augusta Murguía Encinas  volvía a su propiedad con un camión de ladrillos, pero no pudo ni  descender del mismo porque una turba de 30 personas, comandada por los hermanos  Postigo, a la vista y paciencia de las autoridades, le propinaron una terrible paliza, dejándola casi muerta, a demás de haber destruido todo lo edificado.

Puntualizan que en todo ese vandalismo, intervino el Oficial de Ejército Juan Iriarte Hinojosa, que mandó una camioneta con varios soldados el 21 de marzo de 2005, quienes quitaron las herramientas a los albañiles y amenazaron a Ruth Maldonado de Portugal. Ante la denuncia que presentaron al Comandante de la Séptima División, surgió un falso informe  que señala que “un individuo” les otorgó el terreno en comodato y que fueron a ver si era apto para sembrar.