SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2005-R

Fecha: 17-Nov-2005

II.5.

II.5.  El 18 de marzo de 2005, en la audiencia de consideración de la recusación, el recusado ratificó su rechazo (fs. 72 a 73 vta.); y el 21 del mismo mes y año mediante Resolución 15/2005, los vocales correcurridos Angel Aruquipa Chui y Gerardo Torrez Antezana, rechazaron el incidente de recusación, de conformidad a las disposiciones del art. 320 del CPP y dispusieron que el recusado prosiga y concluya los trámites de la causa (fs. 87 y vta.).