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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2005-R

    Fecha: 22-Nov-2005

    ni otras organizaciones

    “…los Comités de Vigilancia, los Comités Cívicos ni otras organizaciones pueden tomar acciones de hecho contra el Alcalde y los Concejales, aún cuando los mismos adviertan la comisión de delitos penales u otras faltas graves en el ejercicio de sus funciones; bajo este criterio, toda acción de hecho que se tome, constituye un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales”.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.  Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • i)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • b)Suspensión definitiva
    • c) suspensión emergente de la instauración de un proceso administrativo interno como emergencia de la responsabilidad administrativa
    • III.2.
    • III.3.
    • ni otras organizaciones
    • III.4.
    • APROBAR

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