SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
procedente
La Resolución 04/05 cursante a fs. 73 y vta., pronunciada el 22 de abril de 2005 por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, declaró procedente el recurso y dejó sin efecto la Resolución Municipal 05/05 de 6 de abril de 2005, disponiendo la restitución de la recurrente a su cargo, sin responsabilidad civil, con los siguientes fundamentos: a) las autoridades recurridas no demostraron con prueba fehaciente, que la actora tenga en su contra un Auto de procesamiento o que exista en su contra alguna responsabilidad civil, administrativa, ejecutiva o penal, por efecto de una auditoría realizada por la Contraloría; b) es evidente que la recurrente fue suspendida temporalmente sin previo proceso administrativo; c) el recurso jerárquico no es aplicable al caso examinado, toda vez que no existe ninguna instancia superior que pueda conocer dicho recurso, puesto que el recurso de revocatoria que formuló la actora fue conocido por el pleno del Concejo Municipal de Loreto, que es la instancia superior del Gobierno Municipal.
Por consiguiente, corresponde otorgar la tutela solicitada en forma inmediata para evitar mayores perjuicios, sin que ello impida la investigación y procesamiento de los responsables del presunto manejo irregular de fondos municipales conforme a ley, resultando que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, ha hecho una correcta evaluación del caso en análisis así como de los alcances del art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b)Suspensión definitiva
- c) suspensión emergente de la instauración de un proceso administrativo interno como emergencia de la responsabilidad administrativa
- III.2.
- III.3.
- ni otras organizaciones
- III.4.
- APROBAR