SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2005-R

Fecha: 25-Nov-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Interpuso querella contra personeros de la Cooperativa Jesús Nazareno Ltda. por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, ya que dicha entidad siguió un proceso civil contra su esposo por cuatro documentos de crédito vinculados entre sí porque los deudores son de la misma familia, logrando rematar el inmueble inscrito a nombre de su cónyuge; empero, tres de los mencionados documentos son falsos. En el referido proceso penal presentó informe pericial grafo técnico y la entidad hizo lo propio, de modo que el recurrido designó como tercero a un perito de la ciudad de Oruro, cuyo transporte no pudo cancelar por ser de escasos recursos económicos, en consecuencia los demandados gestionaron la presencia de dicho experto, por lo que solicitó al recurrido que el perito dirimidor sea el asignado a la Policía Técnica de Santa Cruz, pero su petitorio no fue aceptado, entonces, al amparo de lo dispuesto por el art. 26 del Código de procedimiento penal (CPP) solicitó la conversión de acción, que también fue rechazada por el recurrido argumentando interés público por el delito de falsedad; empero, tomó conocimiento de que en casos similares como en el caso concreto, signado como PTJ4603829 autorizó la conversión de acción, por lo que es víctima de discriminación racial o económica, existiendo incongruencia en los actos del recurrido. Señala también que existen sentencias penales emergentes de conversión de acción, y que esa posibilidad fue reconocida por la SC 0600/2003-R.