SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2005-R

Fecha: 25-Nov-2005

II.2.

II.2.  Por Resolución de 3 de febrero de 2005, el recurrido rechazó la citada solicitud, argumentando que al delito procesado de falsedad material e ideológica previsto y sancionado por las normas del art. 198 del Código penal (CP) es de acción pública por ser doloso, conforme dispone el art. 20 del CPP, por tanto no está en los alcances del art. 26 inc. 2) del CPP, porque lesiona el valor jurídico de la fe pública, aunque la actora persiga en el proceso penal un fraude patrimonial (fs. 16).