SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1517/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1517/2005-R

Fecha: 25-Nov-2005

II.4.

II.4.  Victoria Flores de Cardozo formuló  recurso de casación contra el Auto de Vista (fs. 92  y 93), en el que  no mencionó nada sobre la forma de citación con la demanda ni el nombramiento de  defensor de oficio. El Auto Supremo 207 de  15 de octubre de 2004 (fs. 100 y 101), emitido por la Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, anuló obrados hasta fs. 23 inclusive, disponiendo que el a quo encuadre su accionar a la previsión del art. 124.IV del CPC, con el fundamento que  el Juez de la causa designó defensor de oficio antes que transcurra el plazo fijado por la citada norma, lo que colocó en indefensión a los demandados, máxime si la co demandada Victoria Flores estaba fuera de Bolivia, haciendo alusión a la literal de fs. 46 y 47, relativas a una visa a Estados Unidos, con sellos de entrada y salida de ese país.