SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2005-R

Fecha: 29-Nov-2005

II.3.

II.3.  En vista del rechazo del recurso dispuesto mediante Resolución que ahora se revisa, la recurrente por escrito de 15 de octubre de 2005 (fs. 55 a 56) solicitó enmienda y complementación, explicando que el recurso interpuesto ante la Jueza de Sentencia de Quillacollo, fue contra la Jueza de Partido en lo Penal que expidió el mandamiento de condena, siendo declarado improcedente por falta de legitimación pasiva, ya que debió ser interpuesto contra las autoridades que dictaron el Auto de Vista y declararon su ejecutoria como es el caso de los vocales de la Sala Penal Segunda, contra quienes se interpuso el recurso que ha sido rechazado. Asimismo acompañó una certificación del Director del Centro Penitenciario de San Pablo de Quillacollo que refiere que Héctor Javier Mosqueira Johannessen ingresó al Penal el 20 de septiembre de 2005 por orden de la Jueza de Partido en lo Penal Liquidador (fs. 48).