Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0659/2005-CA
Fecha: 21-Dic-2005
APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31.num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I num. 1) de la LTC, APRUEBA el Auto de 8 de diciembre de 2005, pronunciada por el Juez Octavo de Partido Ordinario en lo Civil-Comercial de Santa Cruz, Roberto J.C. Pierirni de Paulis.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza promover el incidente
- II.2.1.
- , una sentencia o resolución final que no se ha dictado aún, a la que se aplicará la norma impugnada.
- Fragmento 7
- II.2.2.
- Fragmento 9
- 3.-
- carece manifiestamente de fundamento jurídico constitucional
- APRUEBA