Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0659/2005-CA
Fecha: 21-Dic-2005
rechaza promover el incidente
Roberto C. Pierini de Paulis, Juez Octavo de Partido en lo Civil-Comercial de Santa Cruz, rechaza promover el incidente en consideración a que el Tribunal Constitucional a través de reiterados y permanentes fallos constitucionales, ya ha resuelto infinidad de recursos similares, dejando sentando que los arts. 42 parágrafos II y III y 49 de la Ley 1760, son constitucionales, pese a lo cual, en el afán simplemente dilatorio, el coactivado pretende nuevamente el recurso que nos ocupa, desconociendo con ello lo ya resuelto por el Tribunal Constitucional.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza promover el incidente
- II.2.1.
- , una sentencia o resolución final que no se ha dictado aún, a la que se aplicará la norma impugnada.
- Fragmento 7
- II.2.2.
- Fragmento 9
- 3.-
- carece manifiestamente de fundamento jurídico constitucional
- APRUEBA