AUTO CONSTITUCIONAL 0659/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0659/2005-CA

Fecha: 21-Dic-2005

II.2.2.

II.2.2.  En el caso de autos, consta que dentro del proceso coactivo seguido por el Banco Bisa S.A. contra la Constructora Japan S.R.L. representada por Ángel Nozato Taira y Nicolás Nozato Taira, el primer representante de dicha empresa  solicitó al Juez Octavo de Partido Ordinario en Materia Civil-Comercial  de Santa Cruz, que promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 42 II y III y 49 de la LAPCAF, por considerar que conculca los parágrafos I, II  IV del art. 16, los incs. b) e i) del art. 7º y 22 de la CPE.